Protección a la Salud nuestro derecho
Recordemos que en nuestra Constitución se encuentra garantizado el derecho a la protección de la salud en su Artículo 4to, en el cual también se hace mención al Artículo 73 fracción XVI en su segundo apartado donde nos dice que en caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, el Departamento de Salubridad tiene la obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva después de ser sancionadas por el Presidente de la República y ésta autoridad sanitaria debe ser obedecida por las autoridades administrativas del país.
Realmente así está funcionando nuestro sistema de salud para esta pandemia que vivimos actualmente, ahora con la vacuna y todas las medidas preventivas de contagio que conocemos, se está trabajando para evitar la propagación de este virus que aqueja a la humanidad.
https://twitter.com/SSalud_mx/status/1429292247493791752?s=20
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